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LEY Nº 9877. VALOR JURISTA PDF Imprimir

El pasado 6 de enero de 2009 se publico en el Boletin Oficial de Entre Rios la Ley Nº 9877 mediante la cual se equipara el valor del "JURISTA" al "JUS PREVISIONAL", tal reforma legislativa es un logro del Consejo Directivo del CAER en beneficio de la colegiacion entrerriana en defensa del servicio profesional.

 

LEY Nº 9877

 La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona  con fuerza de LEY

Art. 1º: Modifícase el artículo 29º de la Ley Nº 7046, texto según Ley Nº 9594, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establécese que la Unidad Arancelaria” “JURISTA”, se equiparará en su monto al valor del “Jus Previsional”, establecido en el artículo 46º de la Ley Nº 9005, y sus modificatorias, debiendo guardar siempre la misma relación a los fines de la aplicación de la presente ley”.
 

Art. 2º : Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones, Paraná, 19 de noviembre de 2008

- Jorge P. Busti
Presidente H.C. de Diputados

- Jorge G. Taleb
Secretario H.C. de Diputados

- Raúl A. Taleb
Vicepresidente 1º H. Cámara  Senadores a/c Presidencia

- María Mercedes Basso
Secretaria H.C. de Senadores

  Paraná, 19 de diciembre de 2008

 

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

- SERGIO D. URRIBARRI

- Adán H. Bahl

Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos,

19 de diciembre del 2008.

Registrada en  la fecha bajo el Nº 9877. CONSTE -- Adán Humberto Bahl.

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